Que nunca les falte un sueño por el que luchar, un proyecto que realizar, algo que aprender y alguien a quien querer.
Un espacio abierto para la investigación, el debate y análisis de temáticas actuales relacionadas al mundo jurídico aduanero y del comercio internacional.
miércoles, 28 de diciembre de 2022
AL PÚBLICO LECTOR
viernes, 16 de diciembre de 2022
AL PÚBLICO LECTOR
AGRADECIMIENTO
martes, 13 de diciembre de 2022
viernes, 9 de diciembre de 2022
IMPERATIVO, UN CONOCIMIENTO ENCICLOPÉDICO DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL SIGLO XXI
Por JUAN JOSÉ LLANES GIL DEL ÁNGEL
Licenciado en Derecho por la Universidad Veracruzana.
Maestro en Amparo y docente de esta disciplina en la UPAV. Coautor de “Para
entender la corrupción mexicana” (México, ILV, 2020). Miembro del Consejo
Directivo de la Organización Nacional Anticorrupción (ONEA) y Académico de
Número de la Academia Mexicana de Derecho del Trabajo y de la Previsión Social.
En junio de 2011 se promulgaron reformas al texto
constitucional para definir que en nuestro país todos gozaríamos de los derechos
humanos reconocidos en la Norma Suprema y en los tratados internacionales de
los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su
protección.
Esta reforma, de gran calado, en palabras de Fix-Zamudio y
de Valencia Carmona, configuró un nuevo paradigma constitucional. Los tratados
internacionales en materia de derechos humanos dejaron de formar parte de un
“decorado jurídico” y se incorporaron plenamente al derecho positivo; la
reforma quedó completa al promulgarse, en 2013, una nueva Ley de Amparo.
A partir de ese momento, todo -absolutamente todo-, tanto
las normas generales como los actos de autoridad, debe pasar el filtro del
bloque de constitucionalidad-convencionalidad, y el Poder Judicial Federal debe
enfocar su tarea en definir qué se apega no sólo a la norma suprema, sino
también a los tratados internacionales.
Creo que un reto de los juristas en el resto del siglo XXI
será adquirir un cono-cimiento enciclopédico de los Derechos Humanos. Si en
otro momento, instrumentos como el Pacto de San José, el Protocolo de San
Salvador, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, la
Convención de Viena, o el Protocolo de Estambul, parecían cosas extrañas,
ajenas y distantes de nuestra realidad, ahora están totalmente incorporados a
nuestro entorno jurídico. Si otrora había que estar al pendiente, solamente, de
las tesis y criterios emanados del Poder Judicial Federal, ahora también hay
que conocer a profundidad la jurisprudencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos.
Pero, en paralelo, surge otro reto para los juristas: no
solamente se trata de conocer los derechos humanos, sino también de
defenderlos, en cada caso en particular, y en lo general.
Me explico: Aunque la Constitución impone a todas las
autoridades la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos, la realidad cotidiana parece alejada del texto
constitucional. Y, más grave aún: los derechos humanos no solamente se violan,
también se denuestan, se critican y se interpretan de manera errática y, a
veces, a modo.
Un reto para los juristas en las décadas venideras,
considero, será el de convertirse en el vértice de la divulgación de los
derechos humanos. Su defensa se torna aún más complicada, porque frente a
quienes defienden los derechos humanos están, claro, quienes materialmente los
violan; pero están -sobre todo- quienes desde otros escenarios alegan que
existen razones de Estado y de gobernabilidad para hacerlos de lado.
Los juristas deberán emprender la misión de defender los
derechos humanos, porque representan el único medio eficaz para prevenir
tiranías, para las que los derechos humanos, simple-mente, estorban, porque
-aseguran- les impiden gobernar conforme a su diseño del Estado.
En ese contexto, un reto más para los juristas en el siglo
XXI está vincula-do a la defensa de un derecho humano en particular: la
legalidad. No podríamos hacer un recuento de los derechos humanos que en México
se violentan (porque hacer ese inventario actualiza el riesgo de suponer alguno
más importante que otro, a contrapelo del principio de interdependencia); pero cito
ese derecho humano, porque es evidente que nuestro país arrastra desde hace tantas
décadas (que bien podríamos decir: desde siempre), un profundo déficit de
legalidad.
Advierto aquí otro reto importante para los juristas, que
se traduce en la necesidad de autodefinirse.
Me explico de nueva cuenta: Quienes nos formamos como
abogados en el último medio siglo, abrevamos del iuspositivismo. Como
tributarios de esa vertiente de la Filosofía del Derecho, asumimos que “la ley
es la ley”, y debe cumplirse y observarse, más allá de cualquier interpretación
moral o de valores. Los iuspositivistas queremos la Justicia, por supuesto,
pero entendemos que el camino para acceder a ella es a través de la observancia
irrestricta de las normas; en ninguna circunstancia asumiremos que la
personalísima percepción de alguien -quien sea- de lo que es justo o no, puede
colocarse por encima de las normas generales.
Considero que lo anterior cobra particular relevancia frente a una realidad que nos detona y lastima a diario: el índice de impunidad que rebasa el noventa por ciento. Por eso sostengo que, si solamente una de cada diez víctimas u ofendidos por un delito puede aspirar a que se esclarezcan los hechos que padeció, a que se castigue al responsable y a que se le repare el daño, podemos afirmar que el sistema de procuración e impartición de justicia es un sistema fallido.
Corresponderá a los juristas repararlo y encontrar los mecanismos para que funcione y se haga Justicia con absoluto respeto al debido proceso que, ahora, injusta e indebidamente, es presentado como el gran enemigo de la sociedad.
sábado, 27 de agosto de 2022
CONTRA LA CORRUPCIÓN E IMPUNIDAD, CULTURA DE LA LEGALIDAD
Licenciado en Derecho, con el más alto promedio de su
generación. Maestría en Derecho Privado y Maestría en Derecho Penal. Doctorado
en Derecho Penal por la UNAM, calificación de diez y Mención Honorífica.
Posdoctorado en la Universidad de Milán, con mención Magna Cum Laude. Autor
permanente de Editorial Porrúa, con numerosas obras publicadas
En múltiples eventos he observado la gran inquietud e
interrogante de los asistentes y receptores de dichos tópicos, así como de
aquellos que intervinieron en calidad de conferenciantes y, sobre todo, de la
gran incentivación y preocupación sobre fenómenos que, se presume, son
ampliamente conocidos, de experiencia práctica y de difusión ordinaria, dado
que vivimos en un Estado de Derecho y democrático, referente a la Cultura de la
Legalidad, situación altamente preocupante, razón formal deontológica, que
matizan aún más, aspectos y factores motivacionales y de juridicidad para la
exposición de otras tantas problemáticas, abordados por el gran estímulo
académico al participar con el doctor Sergio Aguayo y la maestra Paulina Grobet
Vallarta, entre otros ilustres investigadores.
Pero amén de todo ello, punto menos que importante, fue
realmente satisfactorio detectar que los receptores de todos estos foros
tuvieron verdaderas inquietudes, pues fueron activamente participativos,
eufóricos y entusiasmados, por el exigente reclamo de difundir más estos temas
de alto nivel psicopedagógico en todos los Estados que conforman mi amado país.
Todo ello me obligó a compilar, estudiar y englobar en este
trabajo la diversidad multicultural un tanto sui generis y compleja,
relacionada con la Cultura de la Legalidad, y de los fenómenos sociales de la
corrupción e impunidad, aspectos torales que analizo en capítulo especial y
donde en forma concreta y sencilla, pretendo incentivar a maestros, directores
de áreas académicas, secretarios de Educación, todo tipo de servidores públicos
y estudiosos del Derecho, precisamente sobre esta instrumentación didáctico pedagógica
dirigida a todo ciudadano mexicano, para que así se obtengan con certeza y mayor
objetividad, las herramientas y la formación e información de aspectos
concretos sobre las reglas que específicamente se establecen en las leyes y
principalmente en nuestra Constitución General de la República, con el único y
evidente propósito de que todo gobernado sepa, conozca y difunda las reglas del
juego, precisa y formalmente descritas y establecidas en la ley; pues esto, aunque
pareciese algo simplístico, he detectado la carencia o ignorancia en una gran
cantidad de ciudadanos y profesionistas, con poco conocimiento e ilustración
precisamente sobre temas de legalidad, incluyendo a los propios servidores
públicos judiciales.
México, mi amado país, requiere promover y es de alta
urgencia fortalecer la Cultura de la Legalidad entre gobernantes y gobernados,
tal y como lo explicaba John Austin, pues se exige hoy día de instituciones
integrales sólidas, cuyos servidores públicos deben estar altamente
especializados y supra profesionalizados para el desarrollo, interpretación,
aplicación y cumplimiento de la ley.
Hay necesidad de informar a la ciudadanía de estos temas
como fenómenos sociales y, sobre todo, del ser y del formar un ente
institucional, integral y coherente del sistema de educación, seguridad
pública, prevención del delito, fiscalía e impartición de justicia, e incluso de
la vinculación a los principios, protocolos y tratados internacionales.
Estos temas tienen objetivos específicos y estratégicos y,
sobre todo, se insiste y reitera, el interrelacionar a todas las instancias con
los ciudadanos, para así fortalecer en nuestro país en estas y las vinientes
generaciones, la nueva Cultura de Legalidad y de un Estado de Derecho, buscando
fortalecer un derrotero cultural al unísono de otros países que mucho nos
aventajan.
Por todo ello, pretendo con renovado brío fortalecer esos
objetivos y reforzar el valor fundamental que da en cierta manera vida y forma
a la comunicación escrita en temas tan elementales pero básicos, como los que
ahora se plasman, pero sobre todo, con sencillez, respeto, humildad y plena
nitidez. Remarco y espero, ello sirva de aliciente a todo el mundo académico y
a los profesionales del Derecho, sociólogos, políticos, criminólogos, ciudadanos
en general que, como acciones atractivas y de formación cultural, delineen
nuevos derroteros de promoción y simbología axiológica, novedosa, que
identifique de una vez por siempre a nuestro país, convirtiéndose en ejes
rectores de nuestra sociedad mexicana, moderna, plena, evolutiva y cambiante.
No debemos olvidar pues, que la Cultura de la Legalidad es
y representa un conjunto de valores, de normas, percepciones y aptitudes que el
individuo y la ciudadanía tienen hacia las leyes y la Constitución Política del
País, de quienes las ejecutan o cumplimentan.
Cabe resaltar las palabras del destacado político
guerrerense, licenciado Luis Walton Aburto, que en el prólogo de esta obra
jurídica menciona y cito: “La lucha contra la corrupción y la impunidad es una
de las grandes deudas pendientes en nuestro país. Estos dos retos han tenido
efectos perniciosos en la vida pública de México, desde la pérdida de confianza
de los ciudadanos en las instituciones políticas y de justicia, hasta la
normalización y justificación de ciertas conductas delictivas o contra los
intereses comunes. A partir de este punto de vista, el pacto social mexicano
tiene, en primera instancia, un problema central, el cual parece que no es
comprendido y entendido por la mayoría de los ciudadanos, y quienes gobiernan no
están interesados en dialogar con sus gobernados, porque esta distancia
comunicativa les favorece: un pueblo que desconoce sus derechos y obligaciones
no empuja a la clase política a hacer su trabajo, no reconoce los mecanismos de
participación, y mucho menos promueve las sanciones en caso de que su clase
dirigente abuse del poder que el pueblo le ha confiado para actuar en su
nombre. El desconocimiento de los derechos y las obligaciones mantiene el statu
quo; no hay avance en lo que no se mueve, no hay nada que crezca en tierras
yermas…. La corrupción y la impunidad están rodeadas por un conjunto de
creencias aceptadas que normalizaron su práctica y, por lo tanto, se volvieron
parte del vivir cotidiano. Expresiones como “no me des, sólo ponme donde hay”;
“político pobre, pobre político”; “no importa que robe, pero que salpique”; o
“ayúdame a ayudarte”, han recreado las formas en que asumimos la corrupción
como parte de nuestra identidad. Los aportes al concepto de cultura y su
etimología son abordadas por Martínez Garnelo en la primera parte de este
libro. La evolución del significado de cultura, como se verá, permite comprender
dos cosas: la construcción histórica de un concepto por su práctica social y,
por otro lado, los elementos para la configuración de una práctica social
nueva: la cultura de la legalidad.”
En este sentido y bajo estos planteamientos en términos generales, los invito a que me acompañen, amigos abogados, especialistas o no en la materia, para que de manera conjunta, leamos las 201 páginas conformadas en dos capítulos, de esta, así lo considero, una materia curricular que debe impartirse no solamente a nivel secundaria o preparatoria, sino a nivel licenciatura y posgrados, es un reto, pero vale la pena intentarlo.
Agradezco siempre la gentileza de mi muy querido amigo, y brillante jurista, doctor Octavio Ruiz Martínez, director general de esta tan importante revista nacional, Jurista, por permitirme difundir este mi libro número 32, cuyo tópico no sólo es de actualidad, sino de urgente reflexión y aplicabilidad en todos los niveles y, bueno, aprovecharía para anunciarles el nuevo libro que está ya por publicarse en la prestigiosa editorial Porrúa y que viene a hermanarse y cumplimentar, lo expuesto en el libro en cita, referente a uno de los fenómenos sociales más importantes de este siglo XXI…”La corrupción”… Los invito a que estén pendientes, para la publicación de mi libro número 33, denominado: “¿La Corrupción es un Delito? Con un Enfoque sociocriminógeno y de procesamiento penal”, primicia que obsequio a dicha revista y que espero presentarlo pronto en todos los foros donde me inviten, por su trascendencia y complejidad social y jurídica.
lunes, 8 de agosto de 2022
sábado, 30 de julio de 2022
DERECHO ADUANERO: RÉGIMEN ADUANERO DE IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS Y LA RESPONSABILIDAD SOCIAL
PREÁMBULO
El comercio
internacional de bienes o mercancías implica movimiento de capital humano y
recursos económicos al igual que otros factores socioeconómicos en sujeción a
normas legales previamente constitutivas, sin embargo, paralelamente
incursionan también en el comercio conductas ilegales de forma sorprendente
cruzan diversas mercancías por las fronteras aduaneras de países principalmente
con fronteras aduaneras terrestre, lacustre y fluvial. De un tiempo a esta
parte, la irracionalidad social de algunos comerciantes dio un giro sin
precedentes dejando al descubierto el tráfico y comercio ilícito, aunque represente
un riesgo de perder el capital invertido y la libertad fundamentalmente. La
osadía suele en algunas circunstancias ser más fuerte que el rigor de la ley,
pero de ninguna manera compatible con el bien colectivo, quien delinque más
temprano que tarde tiende a rendir cuentas y responder por sus actos ante la
justicia.
Desde la
perspectiva de la norma dogmática no se está dando los resultados esperados
porque el comercio ilegal-acto ilícito- continúa ganando mayor espacio y esto
es demasiado peligroso para la estabilidad de las economías nacionales. El
comercio exterior siendo una actividad dinámica que mueve significativamente la
economía nacional, pero al mismo tiempo vulnerable, proclive a la inseguridad
jurídica, incertidumbre social y psicológico de la población.
El régimen
aduanero de importación desde la perspectiva del derecho aduanero adquiere
relevancia particular en cuanto a la responsabilidad social que implica la
actividad comercial ejercida por la empresa privada, sean personas naturales o
colectivas indistintamente, teniendo en cuenta que la persona física es quien
comete el “delito” (intuito personae) por otra parte, implica a la vez responsabilidad
penal, ejecutiva y administrativa pública ejercida por parte de los agentes del
Estado. En cuanto, a la persona colectiva o jurídica el derecho penal no lo
admite por su esencia misma, porque la persona colectiva no realiza conducta
delictiva. No es sujeto punible del derecho penal, pero no implica que los
directivos sean eximentes de la realización de la conducta ilícita, por tanto, si
puede imponer sanciones administrativas.
La
globalización trajo consigo la internacionalización de las economías, las
nuevas formas de acceso a los mercados de consumo, los modos de producción y un
estado de necesidades de proporciones muchas veces desmesurada. El comercio
cuya actividad debe necesariamente encuadrar en el contexto lícito de lo
contrario podría vulnerar los derechos fundamentales de las personas. Toda
actividad lícita es tutelada por el derecho y garantizada por el Estado consagrada
en la norma constitucional: Art. 47 Parágrafo I de la Constitución Política del
Estado (Bolivia): “Toda persona tiene
derecho a dedicarse al comercio, la industria o cualquier otra actividad
económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo”.
LA IMPORTACIÓN
A fin de
comprender con mayor precisión el concepto, recurrimos a algunas definiciones,
básicamente, significa: Acción de importar géneros, costumbres, etc., de otro
país., para el derecho “lato sensu”
similar acepción que conduce a su verdadero significado. Sin embargo, el
Derecho Aduanero como ciencia jurídica define a través del Art. 82 Ley General
de Aduanas (Bolivia): “La importación es
el ingreso legal de cualquier mercancía procedente del territorio extranjero a
territorio aduanero nacional”.
Analizando
algo más profundo se puede decir que la importación de mercancías cualquiera
sea su naturaleza y origen o procedencia el ingreso debe ser legal, quiere
decir conforme a ley o que ha cumplido los requisitos exigidos por ley
contrariamente sería una conducta ilícita, figura típica que corresponde
proceder su juzgamiento por el Derecho Penal Tributario. Por tanto, la
introducción ilegal de mercancías a territorio aduanero nacional no se considera
“importación” a primera vista porque no cumple con los requisitos exigidos por
ley, más al contrario es tipificado por la norma jurídica como contrabando,
delito de orden público.
Legislación comparada
El Art. 9
numeral 1) del Código Aduanero Argentino: “Es
la introducción de cualquier mercadería a un territorio aduanero”. Posición
indiscutible, se trata de introducir bienes tangibles a un territorio aduanero
debido a que Argentina tiene dos territorios aduaneros.
Art. 52
Decreto Legislativo 809 del Perú: “Es el
régimen aduanero que permite el ingreso legal de mercancías provenientes del
exterior para ser destinadas al consumo”. Similar al establecido por la
legislación boliviana en cuanto se refiere a legalidad del ingreso y procedente
del extranjero.
Art. 49
Código Aduanero de Uruguay: “La
importación consiste en la introducción a plaza para el consumo de mercaderías
procedentes del exterior del territorio aduanero nacional, sujetas al pago de
tributos o al amparo de franquicias correspondientes”. Definición
concordante con la de Bolivia Art. 88 (Ley General de Aduanas 1990) con
referencia al concepto del pago de los tributos aduaneros siempre y cuando las
mercancías hayan ingresado a Territorio Aduanero Nacional por una aduana de
frontera autorizada.
Art. 96 de
la Ley Aduanera de México: “Se entiende
por régimen de importación definitiva la entrada de mercancías de procedencia
extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado”.
En gran
medida la legislación comparada hizo aportes de valioso contenido al derecho
aduanero, en el contexto del régimen aduanero de importación entendida como
tratamiento meramente público expresado en diversas legislaciones de
significado uniforme. Las mercancías objeto de importación deben cumplir
requisitos esenciales y exigidas por la norma previa al ingreso a territorio
aduanero nacional: mercancía, transporte
y territorio. A falta de cualquiera de estos elementos indispensables del
régimen aduanero no puede haber “importación” bajo ningún argumento que se
pretenda interponer o trate de justificar.
Aporte de la doctrina
Realizar un
estudio de las premisas del derecho aduanero representaría duplicar esfuerzos
innecesarios de investigación porque de cualquier manera fueron ya desarrolladas
por diversos tratadistas y juristas especializados a quienes se debe profundo
respeto por sus aportaciones al conocimiento de la materia aduanera y comercio
internacional.
El derecho
aduanero básicamente se sustenta en la doctrina legal y su esencia constitutiva
contemplada en la Constitución y las leyes del ordenamiento jurídico que conforman
el pilar fundamental, y se desprenden las normas regulatorias que permiten o restringen
la importación de ciertos productos para el uso o consumo de la población.
El Estado adopta
mecanismos de control y fiscalización adecuado y de aplicación sistemática en
las operaciones aduaneras; para Carlos
Asuaje Sequera (Autor venezolano) en su obra Derecho Aduanero, señala “…Las operaciones aduaneras son actos
jurídicos dirigidos las restricciones al libre tráfico internacional de bienes,
impuestas por el Estado en el ejercicio de poder de policía”. Pues bien, la
posición central planteado por el autor se refiere a que la importación
corresponde a una operación aduanera destinada a producir un efecto jurídico consistente cualquier
movimiento y tráfico internacional de mercancías supone la intervención del Estado
como ente contralor. Vale decir, son actos jurídicos
y voluntarios, autorizados por ley dirigidas a producir efectos jurídicos,
aquí lo relevante de su posición, nadie está obligado a importar, exportar o
producir efectos jurídicos; quien lo hace obedece a su voluntad. Sin embargo,
cuando el sujeto realiza la importación queda obligado en virtud de las
disposiciones legales de proceder con los trámites y formalidades exigibles
para cada caso, la inobservancia u omisión puede acarrearle sanciones de tipo
penal tributario y la consecuente reparación de daños en materia civil.
La
importación de mercancías a territorio aduanero nacional origina no solamente el
nacimiento de la obligación tributaria sino obligaciones de índole económico y
social, por tanto, el Estado no solo apunta a los tributos aduaneros sino
también a la inevitable Responsabilidad Social de los operadores los que al fin
producen efectos jurídicos al momento de presentar ante la administración de
aduana, la declaración aduanera y la adopción del régimen aduanero. Dicho de
manera, es el acto aduanero de naturaleza comercial que le da vía libre a la
legitimidad de ejercer la actividad lícita, un bien jurídicamente tutelado por
el derecho, a tiempo de dar estricto cumplimiento de las normas regulatorias. Tener
en cuenta “el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”
Lic. Andrés Rohde Ponce profesor de Derecho Fiscal y
Comercio Internacional en su obra Derecho Aduanero Tomo II, señala los
regímenes aduaneros establecidos por la Organización Mundial de Aduanas OMA,
señala específicamente, la importación es un régimen aduanero que se halla
normada por la OMA y de cumplimiento obligatorio para ser incorporada en las
legislaciones nacionales de los países miembros. Aporte valioso del autor
mexicano respecto de la importación de mercancías que destaca categóricamente
la adopción de un régimen aduanero, y
las mercancías deben ser introducidas en un espacio geográficamente delimitado
“territorio aduanero” por tanto, requiere la adopción de un régimen de carácter
tributario aduanero, consecuentemente de tipo penal cuando los operadores infringen
las disposiciones legales y están frente al derecho penal sancionatorio.
Finalmente,
las diversas doctrinas de materia son influidas de cualquier modo siempre por una
corriente ideológica sea de libre
comercio o proteccionismo, unos a favor de las recaudaciones tributarias,
otros a la liberación de los mismos y algunos a la prohibición de importación o
exportación por diversas razones donde el Estado ve conveniente intervenir en
el comercio, posición sustentada por Ricardo Xavier Basaldúa, jurista
argentino.
LA RESPONSABILIDAD COMO FUENTE DE INSPIRACIÓN
SOCIAL
Es
imperativo hacer hincapié a partir de la norma escrita y dogmática, es decir la
normativa constitucional fuente máxima del orden social constituido, en un
estado de derecho vigente donde el comercio debería desarrollar la actividad
lícita velando siempre por el bienestar colectivo. En todo sistema jurídico y
político rigen principios, garantías y derechos constitucionales de los
ciudadanos muchos de ellos universales como ser el derecho al trabajo, así el Art.
47 de la Constitución Política del Estado (Bolivia) expresa: “Toda persona tiene derecho a dedicarse al
comercio, la industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones
que no perjudiquen al bien colectivo”.
Al referirse
a la persona bien puede ser natural o colectiva como se dijo antes, es decir,
el sujeto que ejerce el derecho de realizar la actividad lícita regulada por la
norma jurídica. La importación como tal se rige por la Ley General de Aduanas en
concordancia con las normas del Código de Comercio, la actividad comercial con
independencia de la norma regulatoria no debe en ningún momento afectar o poner
en riesgo al bien colectivo.
La
importación, actividad económica que tiene por objetivo obtener beneficios o
utilidad desde el punto de vista del derecho
comercial, por lo que diríamos es el ejercicio de un derecho universal y
constitucional reconocido por la Constitución Política del Estado, sin duda, es
un derecho legítimo que implica también estar frente al deber de cumplir la
norma jurídica, pues existe la expresa obligatoriedad de conocer, cumplir y
hacer cumplir la Constitución y las leyes prevé el Art. 108 (CPEP Bolivia). El
contrabando es una actividad lucrativa pero ilícita, por lo tanto, conducta
delictiva tipificada y sancionada por el Derecho Penal Tributario. Por lo que,
esta actividad no beneficia al bien colectivo más bien reprochada por la
sociedad en general.
El Estado
con su poder de imperium encargado de
resguardar ese orden social constituido, garantiza el cumplimiento de los
principios, valores, derechos y deberes reconocidos consagrados en la
Constitución, a través de las entidades orgánicas del Estado. Precautela la
seguridad interna y externa, así como la de sus habitantes, la vida, la salud,
la educación entre otros.
La sociedad
en su conjunto es tutelada por el derecho y garantizada por el Estado a través de
los órganos respectivos, por ej., el Órgano Legislativo dicta leyes que regule
la actividad económica, el Órgano Ejecutivo promulga y el Órgano Judicial
aplica y sanciona a los infractores previo debido proceso.
RESPONSABILIDAD SOCIAL (RS)
El derecho de
ejercer una determinada actividad económica supone la presunción de
responsabilidad que recae en los sujetos directos e indirectos intervinientes,
sin embargo, existen diversos tipos de responsabilidad, como ser la
responsabilidad civil, penal, contractual y administrativa, etc. Se ha dicho
que la responsabilidad constituye un elemento agregado al solo efecto de garantizar
el cumplimiento del deber.
La Responsabilidad
Social a la que se hace referencia desde la perspectiva del cumplimiento del
deber para con la sociedad en su conjunto se enmarca en el contexto social no
necesariamente punitivo, esta Responsabilidad Social es un concepto supremo para promover una nueva ética ciudadana que
contribuya a un desarrollo justo y sustentable, así como una democracia
participativa de verdad en el plano sociopolítico.
Los diversos
sectores de la sociedad sin distinción, en este caso particular la empresa
privada de comercio e industria, y las empresas del Estado deben asumir como
una categoría ética de gran fuerza para movilizar y dar sentido a las acciones
sociales, culturales y ciudadanas a todo nivel. La Responsabilidad social
significa impulsar el verdadero movimiento a favor de las buenas prácticas
sociales y del comportamiento ciudadano activo a favor de las causas como la
cohesión social y la participación ciudadana.
Los “importadores”
de manera directa en el desarrollo de su actividad comercial asumen la RS., en
las operaciones que interviene así por ej. no podrán importar bienes que pongan
en peligro la salud pública, la moral y las buenas costumbres, tampoco las
instituciones sin fines de lucro que agrupan asociados sin que aporten al
mejoramiento del desarrollo sustentable pero que existen en la práctica se
mantienen con recursos muchas veces de procedencia dudosa e ilegítima. Las
entidades del Estado son responsables de la función pública su deber es servir
a la colectividad desprovisto de intereses políticos partidarios y
prebendalistas. La función pública es la labor no únicamente de velar los intereses
del Estado sino también de la sociedad en general, sin afectar los derechos de
los demás a través del abuso del poder público, por desgracia en estos tiempos
frecuentemente se gestan en perjuicio del bien colectivo y que disminuye la
credibilidad de la administración de justicia.
En el plano
de la administración pública la RS, es desburocratizar el servicio público,
hacer transparente realmente el servicio público en beneficio de la sociedad
prevé el Art. 232 de la Constitución Política del Estado (Bolivia) y la Ley
2341 Ley del Procedimiento Administrativo.
El sociólogo
Max Weber en su obra (Qué es la
Burocracia) decía: “Administrar un cargo,
y administrarlo de manera especializada, implica, por lo general, una
preparación cabal y experta. Esto se exige cada vez más del ejecutivo moderno y
de las empresas privadas, así como se exige de los funcionarios públicos”.
EPÍLOGO
La realización
de la actividad de comercio exterior por lo expuesto no es otra cosa que la
realización de la lícita actividad regida por el orden social constituido en
una situación de vigencia plena del Estado de Derecho, y con absoluta
responsabilidad por parte de los agentes económicos, sin que tales actos
comerciales perjudiquen al bien colectivo.
El
cumplimiento de las normas jurídicas que regulan el comercio al margen de la
obligatoriedad implícita cuando las mercancías han cruzado la frontera
aduanera, subsiste la voluntad de hacer y de no hacer, como un derecho legítimo
del operador lo cual sería “nadie está obligado a importar”; sin embargo, el
importador se halla frente al derecho positivo que implica cumplir cuando la mercancía
objeto de importación haya sido solicitada a través de la declaración aduanera ante
la administración de aduana.
Finalmente,
la administración pública aduanera y otras instituciones reguladoras del
comercio exterior tienen por obligación ejercer la función pública en el marco
de las normas constitucionales y otras normas vigentes, desprovisto de toda
injerencia de intereses político partidarios, siendo su obligación velar los
intereses el Estado y sobre todo precautelar el bienestar común de la
sociedad.
lunes, 23 de mayo de 2022
CRISIS DEL CAPITALISMO COMO CAUSAL DE LA DECADENCIA CULTURAL, VALORES Y DIGNIDAD HUMANA
PREÁMBULO
DECADENCIA INMINENTE DEL
SISTEMA CAPITALISTA
ANTICIPADA CRISIS
SANITARIA GLOBAL
PÉRDIDA DE VALORES,
DERECHOS Y DIGNIDAD HUMANA
LA SOCIEDAD GLOBAL FRENTE
AL NUEVO ORDEN MUNDIAL NOM.
EPÍLOGO
PREÁMBULO
El presente trabajo es probable no sea eximente de las
diversas inquietudes personales del autor, que por general suelen ser exigentes
cuando trata de esgrimir realidades contemporáneas de los hechos que acontecen
en el siglo XXI, en los ensayos y artículos escritos desde hace tiempo viene
realizando con enorme preocupación. Tampoco cuyos pensamientos se sueltan
fácilmente con ideas de claudicar aquello que todo ser humano posee la “razón”
frente a los fenómenos extraños que de manera permanente con planes de
deshumanización acechan sin piedad a la población mundial, además, y el
terrorismo colectivo, que difunden los medios de información mediática globales.
Por cierto, no es nada fácil asumir con la cabeza fría la responsabilidad que
implica llevar al escenario de la investigación y sobre todo realizar un
estudio algo más que sencillo, sin embargo, no deja de ser una labor compleja
de debatir la realidad de la crisis del sistema capitalista del occidente; por
donde se pretenda estudiar el resultado será siempre su real decadencia. Pues
bien, hablar de la crisis del capitalismo dependerá desde qué perspectiva se
quiera enfocar, para el presente trabajo se eligió el aspecto sociológico y
económico porque la crisis del capitalismo más allá de su decadencia inminente
debido a sus modelos económicos implementados desde la industrialización ha
llevado a la sociedad mundial a un resquebrajamiento del orden no solamente
económico sino también en el contexto cultural y social principalmente, así
como sus diversas manifestaciones fundamentalmente aquello que tiene estrecha
relación con los valores sociales y morales sobre todo con la dignidad humana.
La crisis del sistema capitalista del occidente con sus
teorías de explotación del hombre por el hombre y, su constante afán de
acumulación del capital subsumió sin escrúpulos y respeto por el género humano,
aplicó sistemáticamente el mecanismo de sometimiento global paralizando el
planeta tierra en su totalidad con la invención del corona virus (COVID-19)
Claro está, después de la globalización viene la consolidación de un gobierno y
economía global a través de sus planes apocalípticos de las élites mundiales,
es decir los del Foro Económico Mundial.
Por otra parte, la crisis sanitaria mejor dicho la pandemia
fue anunciada por Bill Gattes supuesto filántropo del siglo XXI quien anunció
desvergonzadamente que la humanidad padecerá una pandemia, no es para menos
continúa afirmando que ya viene las futuras pandemias que más apuntan a un bioterrorismo
[…]. Cristina Lagarde Directora y Gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI)
de entonces, expresó: “Los ancianos viven
demasiado y eso es un riesgo para la economía global, tenemos que hacer algo y
ya”. Bien, el plan es perfecto con el planeta paralizado, la población
encerrada en sus casas y el aislamiento social al mejor estilo de la dictadura
sanitaria con los medios de comunicación a su favor la “plandemia COVID-19” dio
el magnífico resultado que se esperaba.
Relativo a los valores y los derechos humanos estos se han volatizado por completo, en consecuencia, la crisis capitalista originó la fatal pérdida de valores ético morales y la disminución de la capacidad productiva, la oportunidad de conseguir un empleo digno para el sustento familiar provocó la desintegración social de las familias, además del aislamiento social impuesto. La desmedida intolerancia hacia el prójimo es cada vez mayor incomprensible; ni qué hablar de los derechos humanos se han vulnerado flagrantemente, nada más elocuente con la complicidad de los gobiernos democráticos sean de derecha o izquierda del mundo con las grandes corporaciones de élites internacionales del Nuevo Orden Mundial encerraron a la población civil.
DECADENCIA INMINENTE DEL SISTEMA
CAPITALISTA
La crisis desatada por los modelos adoptados del propio capitalismo
no se limitan únicamente a los recientes sucesos de lo que va el siglo XXI, más
bien nos proporcionan manifestaciones que fueron acaeciendo constantemente entre
los defensores de la corriente Neoliberal
y la de Keynes, en cierto modo los denominados economistas ortodoxos y los avezados
banqueros, los desaciertos en las políticas económicas por parte de los
gobiernos de turno que comulgan con las políticas del Fondo Monetario
Internacional (FMI) y, el grado de irresponsabilidad de los deudores fueron
siempre los actores en el escenario mundial. Estos fenómenos en alguna manera u
otra como ser la tolerancia, la especulación y un estricto control de las
normativas financieras, a raíz de estos sucesos de tilde marxista atribuyen la
convulsión y los desequilibrios del capitalismo. Sin embargo, los neoliberales
como Gary Becker y Alán Greenspan revelan que tales fenómenos
críticos son poco importantes y lo presentan como si fuera un accidente sin
mayor importancia y que no debería preocupar el reinado de los amos del sistema
financiero mundial.
Los bancos representan el pilar fundamental de un sistema de
poder que los neoliberales consideran que cuentan con cualidades virtuosas y con
suficientes mecanismos de autocontrol. Pues, con esas virtudes deberían poder
afrontar las situaciones críticas sin ninguna ayuda externa. Los economistas
ortodoxos contrariamente eximen a los banqueros de toda responsabilidad. Y, más
bien, atribuyen la crisis del sistema a los efectos ocasionados por las
políticas oficiales de abaratamiento del crédito, que estimularon el
otorgamiento de préstamos a clientes insolventes. Pues ahora. convierten a las
víctimas en culpables del desplome financiero. Los neoliberales encubren las
estafas cometidas por los banqueros, pero cuestionan a las familias
empobrecidas que tomaron préstamos por simple necesidad de sobrevivencia.
A decir verdad, si realizamos un enfoque con mayor transparencia
y un exhaustivo análisis de la crisis es que los banqueros obraron con
desmesurada confianza y, pues, cuando así suceden es porque también existe
codicia de por medio el afán de priorizar beneficios. Muchas veces se dice, que
en las reglas de juego hay que premiar al osado aventurero y sancionar al
individuo cauto. Bueno, con estas turbulencias propias de la crisis se pueden
visualizar los problemas psicológicos de los financistas-lo toman o lo
dejan-pero hay que asumir riesgos respecto de las fluctuaciones del sistema
económico de acuerdo a los ciclos ascendentes y descendentes de los negocios. Sin
embargo, los neoliberales incurren en numerosas afirmaciones contradictorias
sus signos de advertencias no se dieron importancia cuando el sistema
capitalista gozaba de una euforia poco racional, que un abandono a tiempo de
esos modelos podría haber evitado el descalabro del capitalismo. Aunque es
prudente que dichos acontecimientos podrían considerarse incluso como parte de
la reorganización periódica que son aceptables dentro del capitalismo.
En resumidas cuentas, se puede decir que el problema no se
halla en la ausencia de transparencia y aplicación de sus modelos que adoptaron
los financistas sino en sus decisiones tomadas que fueron despiadadas, da lo
mismo decir injustos. El gran problema tal vez, no sea precisamente estos
riesgos o el desconocimiento de sus políticas de desacierto, el problema es que
estos efectos la descargan a espaldas de los trabajadores y los desocupados, es
ahí donde sale a la luz el costo de la crisis a cuenta de los desamparados, puesto
que sus teorías apuntan proteger los privilegios de los acaudalados del capitalismo
financiero.
ANTICIPADA CRISIS SANITARIA GLOBAL
De algo estamos seguros que la crisis del capitalismo provocó,
mejor dicho, inventó la famosa pandemia del COVID-19 a su vez convirtió en un
verdadero punto de inflexión en la historia de la humanidad, lo peor obligando
a la búsqueda de nuevas formas de vida en lo que va el siglo XXI. En la
historia de humanidad acontecieron una serie hechos insólitos dejando a su paso
como estela visual de magnitudes insospechadas unas más que otras y, todas
fueron dirigidas contra el género humano, esta “pandemia” a diferencia de otras
con todas las caracterizaciones fue una “plandemia” […] que en combinación de
los Estados y las élites transnacionales acordaron para remodelar o como dicen
ellos “reseteo” algo así como reconfigurar la vida en el planeta bajo un
gobierno global y, para ello habría que inventar un virus creado en laboratorio
con el propósito de diseñar un nuevo escenario del mundo post Covid-19.
Toda planificación prevé pasos previos para la ejecución que
se pretende realizar los cuales serán los mecanismos que se aplicarán en cada
operación, la pandemia Covid-19 ha sido planificada estratégicamente, no es
novedad está escrito en los trabajos por Ramonet,
2020 y Baschet, 2020, vale decir, lo
que iba a suceder en el planeta fue anticipada, no es casualidad ni fortuito.
Aunque, se diga lo que se diga, el trasfondo es la cuestión financiera, sostuvo
el Dr. Zaffaroni, E.R. “que la pandemia es la causal de un plan de terrorismo
financiero a nivel internacional”. El autor William
I. Robinson en su obra “Una teoría sobre el capitalismo” Ed. Desde Abajo.
Colombia 2007: “Avanzó en la tesis o la escuela
de capitalismo global, llamada así porque muchos, que hemos adoptado esta
posición, creemos que la globalización representa una nueva etapa en la
evolución del sistema capitalista mundial que surgió hace unos cinco siglos”.
Y, bueno, se puede deducir que todo proceso trasformador es expuesto a un sin
números cambios cíclicos en la economía mundial de alguna manera el
protagonista mayor es siempre el género humano, sobre él recae el peso de la
crisis.
Es suficiente pensar que no es exagerado, de aquí en adelante
es posible la aparición de nuevas pandemias de manera frecuente, no olvidemos
se dio la primera ola, después la segunda, la tercera, la cuarta y las que
vengan, nada más ridículo, la ausencia de la razón parece haberse esfumado de
la mente humana para seguir siendo incrédulo. Pues bien, se puede afirmar que no
es la salud o las políticas de salud lo que interesa, quieren el control de la
mente del ser humano, dominarlo íntegramente. Quedó al descubierto la mentira
global, la cuestión no es el virus, va más allá, se trata de un problema mayor
del contexto socioeconómico en crisis expansivo ligado a otros factores como la
vida en el planeta, la sostenibilidad de la economía mundial. No es para menos,
lo recientemente ocurrido en Shanghái, el confinamiento nuevamente de 25
millones de habitantes, con el cierre del puerto marítimo y fluvial más
importante de China, esto no es casual, por otro lado, la guerra entre Rusia y
Ucrania ¿será casual? Por supuesto que no, lo que se pretende es colapsar la
economía mundial, en otras palabras, implantar un nuevo sistema económico y
financiero acorde a las directrices del NOM. Además, Shanghái el 2021
representó el 17% del tráfico de contenedores de China y el 27% de las
exportaciones de China y, siendo que los últimos 10 años fue el puerto más
grande del mundo y que aún continúa siendo. He aquí la gran interrogante ¿por
qué Shanghái? precisamente ahora cuando ni siquiera en la peor época de la
pandemia se cerró el puerto. Con seguridad tendrá un impacto significativo en
la cadena de suministros y la logística internacional de mercancías.
Obviamente, habría que dar la estocada final
planificado por los amos del mal, pues, es aplacar supuestamente con la crisis
sanitaria seguida por la crisis económica y que probablemente conduzca a una
gran depresión. Por supuesto, con grave efecto en el plano social cada vez más
preocupante, a ello añadir la agravación de las desigualdades sociales de todo tipo
que no hacen más que agudizar las fracturas ya existentes en las sociedades y,
especialmente, dentro de la clase trabajadora la más afectada y acentuada por
las nuevas tendencias en camino, como el crecimiento del teletrabajo y una
nueva ronda en la precarización laboral, el desempleo obligado de las mayorías
sociales. Sin ninguna duda, se van gestándose un conjunto de procesos que
pueden erosionar más todavía las bases materiales necesarias que ya estaban en
marcha a escala global mucho antes de la irrupción de esta pandemia.
PÉRDIDA DE VALORES, DERECHOS Y
DIGNIDAD HUMANA
Es difícil obviar la cruda realidad
global que vive la sociedad mundial a pesar de que viene soportando el famoso
invento de la “plandemia COVID-19” pues aquí se manifiesta de manera personal
el autor sin temor alguno, vale decir, no es un desgaste natural de los hechos son
hechos que distorsionan la vida real en la sociedad civil, en la política,
intromisión de la iglesia católica en cuestiones políticas de Estado, lo
referido al humanismo fundamentalmente, el deterioro sistemático de los valores
sociales y morales, aquello que aniquila sin remedio alguno la primacía de la
razón. Son actos que desintegran la condición humana como dice Hannah Arendet en su obra “La Condición
Humana” Ed. PAIDÓS, Buenos Aires 2003 […La condición humana de la labor es la
vida misma].
A medida que avanza la sociedad se puede observar
cómo los valores han perdido su posición rectora dentro de las sociedades y
mucho más con la crisis del capitalismo. Se observa, como los jóvenes día tras
día van perdiendo el respeto a sus mayores y como les dan valor a aspectos
superfluos como la moda, la vanidad, la superioridad, la intolerancia.
Perdiendo así, el sentido de cooperación con sus semejantes. Sin duda, todo
esto juega un rol protagónico en la aguda crisis social por la que atraviesa la
sociedad mundial, debido a los altos índices de delincuencia, violencia
doméstica, niños en situación de calle, abandono de personas mayores, tráfico
de drogas, de personas y agresión sexual, la violencia de género y entre otros
tantos males que agobian, parece no tener fin.
Uno de los mayores problemas que padece la sociedad actual,
es que carece de valores morales, que representan la guía o el código de reglas
que son imprescindibles para la convivencia colectiva y pacífica. Sin embargo,
el capitalismo a partir de la industrialización logró estructurar una sociedad
no solamente moderna, sino también el pensamiento, comienza a cuestionar las
nuevas formas de desarrollo social y su expresión cultural e ideológica, lo que
permite al individuo verse de afuera hacia adentro. En consecuencia, si no
tratamos de reconducirnos en nuestra vida cotidiana, tomando como referencia
estas reglas morales o de conducta, estaremos viviendo en iguales condiciones
que en aquellas etapas de la historia humana, donde prevalecía la violencia, la
inmoralidad, y el libertinaje como forma de vida, sin medir los resultados de
tales acciones, por cierto, peligroso para la especie humana. Por otra parte, conductas
llenas de odio, egoísmo, violencia e indiferencia ante el prójimo, la razón de
esto, quizás sea responsabilidad nuestra, aunque no comparto el argumento, poco
a poco el ser humano se ha deshumanizado, convirtiéndose en presa fácil del
consumismo, subsumido por la tecnología digital dejando de lado el convivir
cara a cara con sus semejantes, esto sí, es un verdadero aislamiento social sin
precedentes que la humanidad algún día exigirá cuentas a los actores que
llevaron a desintegración social.
En la mente de muchos conservadores
el fin del siglo XX afirman como el comienzo de la decadencia de los valores
sociales hasta el inicio del siglo XXI que para los historiadores postmodernos
se incrementó la crisis del capitalismo, entonces a partir de ahí se observa
una catastrófica crisis de valores seguida de numerosos actos de violencia
generalizada en el individuo y su apatía singular con el prójimo, sentimientos
de superioridad, racismo, discriminación; actitud vanidosa e indiferencia en
comportamientos que por desgracia subsumen al individuo en el abismo de la
destrucción humana.
Para ser preciso, el postmodernismo,
se puede definir como el tiempo del “YO”. Tras la pérdida de confianza en los
proyectos de transformación de la sociedad, el hombre actual piensa que sólo él
puede concentrar los esfuerzos en su realización personal y comienza a sentir que
es posible vivir sin Ideales y ataduras, es el error aberrante del
individualismo promovido por el capitalismo; Pues claro, lo esencial es obtener
poder y dinero, no importa cómo aún a costa de corromperse dispuesto a todo;
disfrutar la vida al máximo y sentirse superior a los demás. En otros términos,
es preocupante ver toda esta lamentable realidad, como se va deteriorando
progresivamente, el pilar fundamental de la sociedad que es la familia se
desintegran por cuestiones económicas con el afán solo de cumplir sus
vanidades. El sistema capitalista ha convertido al hombre extremadamente dócil
y materialista con todas las caracterizaciones del hombre obediente y
consumista, ha hecho de los valores sociales tan solo unas utopías mejor si
desaparecen porque al capitalismo no le interesa, es el resultado del
postmodernismo. Es oportuno destacar lo expresado por la escritora argentina Bettina Caron en su libro
“Postmodernidad y Lectura” Ed. Libros del Zorzal. Argentina 2012: “Basta con plantearnos la realidad del
hambre, la pobreza, el analfabetismo, las guerras, los campos de refugiados, la
violencia tecnológicamente sofisticada, la banalización de la muerte, el
ejercicio del poder sin límites que tienen quienes manejan en forma virtual y
simétrica la economía planetaria y la destrucción del planeta, para darnos
cuenta de que algo está funcionando muy mal para la mayoría, y como siempre,
“muy bien” para el beneficio espurio de una minoría que con esto aumenta sus
ganancias y su poder”.
Es menester destacar los valores, no
solamente como una cuestión personal, sino que inciden en todos los ámbitos de
la sociedad y sus estamentos. De ahí que es la razón por la que una crisis de
valores a nivel personal se refleja en la sociedad en su conjunto y se
constituye en un problema social preocupante donde el Derecho Penal nada tiene que
ver prácticamente, éste es de carácter sancionador de malas conductas y no se
ocupa de dar soluciones a los problemas sociales y corresponde al ámbito
jurídico constitutivo. Por cierto, de los valores sociales derivan también en la
moral que refleja en alguna manera y cuando ellas se desmarcan de la rectitud
de los valores se acomodan en una serie de acciones y conductas nada éticas que
vemos día a día en nuestro entorno social, tanto en la política, la economía, en
la administración de justicia corrupta y burocrática de las organizaciones
públicas y privadas, por desgracia triste realidad que pesa sobre las espaldas
del desamparado.
La crisis sanitaria mejor dicho dictadura
sanitaria en complicidad de los gobiernos democráticos tanto de derecha e izquierda
obedeciendo las órdenes del NOM fueron aplicando inoculaciones artificiosas por
doquier en la población bajo pretexto de prevenir la propagación del virus y
sus variantes; las cuarentenas, el aislamiento social hicieron la labor
perfecta, y esto representa sin duda los efectos de la crisis del capitalismo.
Lo que es peor aún, la vulneración de los derechos humanos donde el hombre cada
día va perdiendo sus derechos a la vida, al trabajo, al libre tránsito y por
consecuencia el asedio sistemático de las fuerzas del orden dispuestos a exterminar
a su propia gente.
LA SOCIEDAD GLOBAL FRENTE AL NUEVO
ORDEN MUNDIAL (NOM)
La humanidad entera bien lo sabe que el Nuevo Orden Mundial
no es concepto novedoso descubierto recién y llevado al escenario de las
relaciones internacionales, se puede retroceder en el tiempo para referir a la frustrada
Sociedad de las Naciones donde se mencionaba, aunque con otro contenido, el “nuevo
orden” siempre estuvo presente desde hace décadas. Es más, el presidente Nixon
de los EE.UU. en su momento mencionó acerca del “estado del mundo” y se
mostraba contento por el inicio de una nueva era en las relaciones internacionales.
Por otra parte, la administración Carter, basó sus primeras líneas políticas de
acuerdo a una visión que sostenía que el orden mundial transitaba hacia una era
de interdependencia en la que las transacciones económicas y los asuntos del mundo
industrializado y entre Occidente y los países del denominado Sur definirían
las escenas cruciales de la política mundial y que, por tanto, la rivalidad
entre Estados Unidos y la Unión Soviética de entonces. Vemos hoy que el
concepto de orden mundial resurge en la vida diaria de la población y a través
de los ataques frontales de los medios de información teledirigida, con claros
propósitos de adoctrinar paulatinamente a la población.
Es importante, dejar en claro, cuando se habla del Nuevo Orden
Mundial casi de inmediato advertimos la adopción de una forma nueva de
interrelaciones socioeconómicas, con la implicancia de una forma de
expansionismo liberal de un sistema hegemónico de poder global. Por cierto, el
concepto se ha fortalecido de diversas fuentes de la filosofía política desde
la industrialización que dio lugar la expansión del sistema de acumulación
capitalista. Admisible es que se entienda que “nuevo orden” denote una
determinada forma de distribución global de poder entre las principales unidades
políticas hegemónicas que hoy se les conoce como élites transnacionales del mundo.
Pues bien, sin desmerecer, hay que considerar a los "órdenes mundiales"
como acontecimientos históricos sucesivos en los que interactúan entre sí. Sin
embargo, el término orden mundial designa tanto una condición como un conjunto
de procesos históricos de diversas manifestaciones.
Ahora que aclaramos el
panorama de lo que realmente significa el Nuevo Orden Mundial, podremos
analizar con una mejor visión desde la perspectiva humanista que la crisis del
capitalismo ha calado demasiado hondo la estructura de la sociedad mundial. Es
evidente, y hay que reconocer que la Declaración del Hombre y del Ciudadano de
1789 en Francia encausó los principios de igualdad, libertad, libre expresión,
así también la soberanía y la separación de poderes en el manejo del Estado, al
menos en el espacio occidental. En 1948 la Organización de las Naciones Unidas (ONU)
profirió la Declaración Universal de los Derechos del Hombre en la que se
establecen como derechos inalienables de los individuos: la igualdad, la
libertad de pensamiento, palabra y religión, la no discriminación racial, el
derecho al trabajo, a la propiedad, a la educación y a la participación en la
prosperidad de la nación. Con estas dos declaraciones el poder hegemónico del imperio
dominante ha consolidado una democracia de acuerdo a los intereses
supranacionales o de grandes corporaciones que supuestamente estarían
contrarrestando los gobiernos totalitarios o dictatoriales que pudieran
contribuir a la perturbación de la paz mundial, con excepción de China. Sin
embargo, era lo contrario lo que estaban haciendo con intromisiones políticas
en coordinación conjunta con la Organización de los Estados Americanos (OEA), como
es el caso de las elecciones presidenciales de 2019 en Bolivia que propició el
golpe de estado contra un gobierno constitucional.
La sociedad mundial en el siglo XXI asume la responsabilidad
implícita que le hace reflexionar desde muy dentro de sus sentimientos humanos
al menos así se interpreta básicamente, porque los planes del NOM aún no han
concluido; la crisis del capitalismo consta de múltiples modelos de
sometimiento a la humanidad entre ellos la “plandemia” COVID-19 seguidamente la
crisis económica mundial postpandemia. Sin duda, la globalización al parecer ha
servido como modelo no sé si oportuno, pero seguramente un plan estratégico,
porque el avance de la ciencia y la tecnología puso al hombre a sus pies
convertido en un acérrimo consumista del capitalismo.
Estamos frente al Nuevo Orden Mundial, ya que los
antecedentes expuesto antes demuestran que después de la globalización esto es
la estocada con la invención de la famosa plandemia para someter a la
humanidad, cuando un sistema de economía se desborda de lo más útil para la
convivencia pacífica y la pérdida de los valores sociales desembocan con
seguridad en una galopante crisis. Bueno, frente a la realidad la solución es no
ponerse a llorar a orillas de la profunda crisis económica, se sabe que la
globalización fue la antesala como instrumento de dominación. Sin embargo, la
crisis del capitalismo cada vez es más incontrolable, el descontrol de las
medidas sanitarias impartidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) no
es precisamente la salud sino el trasfondo es el dominio global
instrumentalizadas por el NOM, se desvanece la gran mentira global de la
pandemia. Ahora, la guerra entre Rusia y Ucrania y, la casi inminente depresión
de economía mundial.
La existencia misma de la humanidad afronta una de sus peores
crisis de la historia universal, ante la mirada de la comunidad internacional
no es ya más creíble, el capitalismo en coordinación con los estados cómplices
o más bien serviles a la clase elitista mundial, de hecho ejecutan planes
apocalípticos de despoblación mundial, es más que elocuente, a eso hay que
sumarle el lavado de cerebro con la desinformación mediática de los medios como
la televisión, radio, prensa escrita y las redes sociales que aterrorizan a la
población civil, que si no se usa la mascarilla corre el riesgo de contagiarse
el virus, la vacunación obligatoria irracional contra la libertad individual y
los derechos humanos universales; el aislamiento social aunque uno está
vacunado o vacunada, primero los ancianos luego los adultos de edad promedio y,
lo que es peor, los niños. Por todo ello, la historia los juzgará algún día y tendrán
que responder por este genocidio global. Afrontar un desafío significa repensar
y de razonar o tal vez sólo emplear el sentido común en los siguientes
aspectos:
-En lo social, asumir con absoluta responsabilidad que
caracteriza al ser humano y por sus implicaciones en su modo vida en el planeta
evitar que sea reemplazado por fenómenos deshumanizantes;
-En lo jurídico, evitar que la justicia sea un instrumento de
dominación por las élites transnacionales en desmedro de las mayorías, sólo los
humanos que tienen los derechos tutelados por el Derecho y garantizados por el
Estado, por ello, corresponde marcar su prevalencia.
-En lo político, sabido es que los gobiernos democráticos
adoptan un sistema de dictadura con el fin de alinearse con el NOM someten a la
población civil imponiendo por la fuerza medidas que violan todo sentido de
justicia; y,
-En lo cultural, una sociedad que lee es cada vez más difícil
de someter, la cultura corresponde esencialmente a los humanos la ciencia
también, por ello la ciencia debe estar al servicio del hombre, pero el
capitalismo invirtió los roles sociales llevando al hombre al escenario de la
explotación, de mercantilizar todas sus necesidades, incluso trafica con la fe
de los feligreses, empero estamos aún tiempo de reflexionar y parar todo esto.
EPÍLOGO
Al final de cuentas la realidad por la que atraviesa la
humanidad entera no podría esconderse bajo sombra del planeta tierra al igual
que la crisis del capitalismo y todas caracterizaciones de sus modelos, galopante
crisis que puso de rodillas a sociedad mundial, una decadencia imposible de ignorar
porque sería engañarse así mismo. El autor hizo grandes esfuerzos a fin de
poder visualizar con profundo interés la problemática mundial que a partir de
ahora en adelante se denomina global y por cierto representa otra forma de vida
que se va implementando en el planeta.
No cabe la menor duda, en pleno siglo XXI se está ante el
riesgo del desmoronamiento no únicamente de la estructura social, sino también
en lo económico, político, psicológico; en los valores sociales y morales que
han sido construidos históricamente en diversas circunstancias de la humanidad.
Es posible un mundo mejor y humanista su convivencia armoniosa con la madre
tierra que deben ser constitutivos para las generaciones del presente y del
futuro. Hay que reconocer la evolución del conocimiento humano dio
sorprendentes avances en el ámbito de la ciencia y la tecnología, sin
precedentes. El Nuevo Orden Mundial puede ser constructivo y valioso, pero de
como se está llevando es más destructivo y apocalíptico por quienes tienen en
su poder el imperio de la imposición y el manejo de la economía mundial, ellos
deciden cómo va a funcionar el comercio internacional y el sistema financiero
y, en la política las democracias se van transformando drásticamente en
democracias disfrazadas.
Finalmente, los humanos por la independencia de nuestras
decisiones debemos mantenernos incólumes, firmes guardianes de la cultura y el conocimiento
propio de los humanos; la ciencia y la tecnología debe estar al servicio del
hombre no al contrario. La inteligencia humana podrá ser falible, pero tiene la
capacidad suficiente de ser formado e instruido. La filosofía, es sólo de
humanos porque inculca el proceso de la razón en el pensamiento, por eso no le
interesa al capitalismo para nada, y para el NOM los seres humanos solo deben
obedecer y no pensar porque ellos ya van adelantando la inteligencia artificial
en este mundo globalizado.
“Hacer historia son de hombres y mujeres que construyen sociedades con
principios y valores capaces de afrontar desafíos impredecibles. En cambio,
aquellos que se aletargan en dogmatismos opresores no hacen historia, y por
ello pasan como el viento, la historia los ignora”.
jueves, 21 de abril de 2022
DERECHO POSTPANDEMIA: PANORAMA Y TENDENCIAS DEL NUEVO DERECHO INTERNACIONAL
Por RUBÉN DARÍO MERCHANT UBALDO
Investigador y estratega
internacional. Licenciado en Derecho. Especialidad en Derecho Penal. Maestro en
Derecho Civil. Maestro en Alta Dirección Empresarial. Doctor en el Alta
Dirección Estratégica Internacional. Catedrático de posgrado. Conferenciante
internacional.
La pandemia aceleró el futuro y
generó un cambio de paradigma en el nivel mundial, es por ello que, como
profesionistas, debemos estar atentos a los distintos temas y problemáticas
nacionales e internacionales, para tener una visión proactiva y propositiva.
Por lo tanto, ante un dinamismo jurídico, los tópicos postpandemia que se
encontrarán en la agenda de muchos dirigentes políticos en el escenario internacional,
y que invitan a la reflexión, son los siguientes.
EL MEDIO AMBIENTE Y EL CAMBIO CLIMÁTICO
Las alteraciones drásticas del
cambio climático no son casualidad en nuestro siglo, han sido producto del daño
internacional que como seres humanos hemos provocado en el pasado a nuestro
entorno, consecuentemente, nos preocupa y ocupa a generar soluciones para
aminorar la problemática mundial del medio ambiente como un derecho humano y
social.
Luigi Ferrajoli, un filósofo y jurista italiano aún activo, cita el
caso del Amazonas como una soberanía universal, debido al otorgamiento de
concesiones del actual Presidente y demás funcionarios del gobierno de Brasil
para la tala de árboles, pues nos afecta un derecho humano universal al
disfrute de un medio ambiente adecuado, independientemente de que nos
encontremos a miles de kilómetros de distancia o en otras latitudes, ya que el
Amazonas es considerado un gran pulmón mundial.
DERECHOS HUMANOS Y MIGRACIÓN
El problema migratorio se ha
agudizado frecuentemente en países de Latinoamérica como El Salvador,
Guatemala, Honduras, Cuba, Haití y Venezuela, desde luego que ello afecta a los
Estados vecinos. Por consiguiente, los derechos humanos internacionales en
materia migratoria deben ser respetados por las autoridades; máxime si hay
niñas, niños y adolescentes. Así mismo, es importante generar propuestas de solución
para reducir el éxodo migratorio mundial y no sólo reprimirlo, como lo han
realizado algunos países.
EL PLURALISMO JURÍDICO
Si bien el pluralismo jurídico no
es una novedad, también lo es que dicha figura tiene su enfoque en el estudio y
análisis de los derechos de comunidades indígenas o etnias, que aún subsisten
en algunas naciones como México, Perú, Brasil, Bolivia, entre otros. Consecuentemente,
es importante considerar sus usos y costumbres en un plano de igualdad jurídica
dentro de un Estado. Incluso, sería conveniente que los países en donde exista
un mayor número de pueblos indígenas celebren convenios de colaboración para
intercambiar información y regulación jurídica, manteniendo su existencia.
REGULACIÓN Y ACTUALIZACIÓN JURÍDICA DEL COMERCIO ELECTRÓNICO INTERNACIONAL
Antes de la pandemia, ciertos
países como Estados Unidos de América, Inglaterra, Francia, Italia, España y otros,
ya tenían un gran avance de la regulación del E-commerce debido al constante
movimiento comercial, empero, en algunas naciones de América Latina hubo la
necesidad de ajustar la normatividad jurídica acorde a las circunstancias, aunque
con vacíos legales, como en el caso de México.
Durante la pandemia fue demasiada
la compra-venta de productos o servicios, no sólo en el nivel local, sino también
internacional; es decir, la actividad mercantil migró al mundo digital, condicionando
con ello a establecer normatividad y mecanismos jurídicos para exigir el
cumplimiento de una obligación de un país a otro. Lo anterior, implica también
una regulación jurídica tributaria para las empresas que ejercen actividades
mercantiles en el mundo de la virtualidad.
ASPECTOS LEGALES DE LA AUTOMATIZACIÓN Y LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL
No se puede soslayar que ya
estamos ante una cuarta revolución industrial, en donde los algoritmos tienen
relevancia en diversas actividades, oficios o profesiones; ejemplos de ello son
el blockchain o código informático y los smart contracts o contratos inteligentes,
que van a generar una disrupción en el mundo del derecho, en razón de que los
programas informáticos tendrán como función garantizar y ejecutar el
cumplimiento forzoso de las obligaciones asumidas por cada parte contratante, e
incluso, teorías que hoy están vigentes como la imprevisión, perderían sentido.
Ahora bien, la inteligencia
artificial y la robótica avanzan demasiado rápido, así que es necesaria una
regulación jurídica acorde a la realidad que estamos transitando, tales como
los vehículos autónomos o los drones, por citar algunos. Aunado a ello, a la
luz de la filosofía jurídica se pueden establecer códigos de ética a los
programadores e ingenieros que diseñen dichos modelos.
LAS NEUROCIENCIAS Y EL NEURODERECHO
El estudio del cerebro humano es
todo un enigma, sobre todo en la conexión de los neurotransmisores y cómo
inciden en el comportamiento humano. Recientemente escuchamos con frecuencia a
las neurociencias, las cuales se han fusionado con otras disciplinas o ciencias
como: neuroeducación, neuromarketing, neurocoaching, neuroliderazgo, neurocriminología
y el neuroderecho.
El neuroderecho es un tema
vanguardista y poco explorado, aunque ya es una realidad su existencia y
aplicación en otros países como Estados Unidos de América. Por ende, los
neurojuristas están proponiendo nuevas investigaciones en dicho país.
LA GEOCRIMINALIDAD Y LOS CIBERDELITOS
Una tendencia que está aportando
mucho para entender el comportamiento de la criminalidad y cómo prevenirla en
distintas latitudes, es la geocriminalidad, la cual tiene múltiples aristas, es
decir, su labor consiste en hacer una comparación geográfica del comportamiento
del fenómeno delictivo de un territorio a otro, ya se trate de una provincia,
municipio, estado o nación; así como de conocer las estrategias de prevención
que se aplicaron para reducir los índices de criminalidad.
En forma similar, dentro de la geocriminalidad
se encuentra la evolución de los delitos en un tiempo y lugar determinado;
verbigracia, el homicidio feminicidio; extorsión-sextorsión; etcétera. Durante
la pandemia mundial del coronavirus, algunos delitos migraron a la Internet y
redes sociales, presentándose con demasiada frecuencia los ciberdelitos en su
modalidad de fraude, trata de personas, secuestro, usurpación de identidad,
acoso y extorsión, lo que implica, conocer la génesis de dichos flagelos para
prevenirlos a través de una adecuada política criminal.
En el entorno de la investigación
y trabajo de la geocriminalidad, se encuentran inmersas otras áreas de especialización
como el derecho penal, estadística, informática, sociología, psicología y
antropología criminal.
LA PAZ, SEGURIDAD Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
Durante el gobierno de Donald
Trump, el escenario internacional se encontraba muy tenso. Dicho personaje era
muy polémico e impredecible en la toma de decisiones, amén de que
constantemente había fricciones con otras potencias mundiales como China y
Rusia.
Parece ser que con el gobierno entrante
de Joe Biden, las cosas pueden ser diferentes, se debe buscar una pacificación
mundial, inclusive, hacer una revisión y actualización jurídica de los pactos
internacionales firmados por distintos países en temas de paz y seguridad
internacional; entre ellos, lo referente al Derecho Internacional Humanitario,
pero sobre todo prevenir el terrorismo internacional y el uso de las tecnologías
con fines bélicos como los drones, robots y demás artefactos que afecten a la
humanidad; o bien, la prohibición de crear algún tipo de enfermedad biológica o
virus.
CORRUPCIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL
Dentro de los distintos tipos de
cáncer social a nivel mundial se encuentra la corrupción, es obvio que en
Latinoamérica es un problema muy recurrente que impide el desarrollo integral
de los países del orbe. Cuando se tiene un flagelo de tal magnitud, es
conveniente hacer un plan estratégico de detección, coordinación, prevención,
sanción y fiscalización, el cual permite obtener un diagnóstico y pronóstico
del problema.
La participación ciudadana, los valores
y la ética, la educación, una elección adecuada de gobernantes e información
proactiva, resultan ser un antídoto para minimizar la problemática, tal y como
lo logró Singapur a través de estas y otras medidas.
REGULACIÓN LEGAL INTERNACIONAL PARA EL MUNDO VIRTUAL
Muchas personas tanto físicas
como jurídico colectivas están muy presentes en la virtualidad en distintos
continentes, lo que obliga a los legisladores de las naciones a reglamentar
todos aquellos actos o hechos jurídicos que deriven del mundo virtual y
considerar instrumentos internacionales que aborden aspectos como la extraterritorialidad
de la ley y/o jurisdicción universal, por tanto, dar bases jurídicas
relacionadas con la soberanía criminal internacional; por ejemplo, a través del
internet o redes sociales, se puede planear un delito en México y consumar en
España. En este caso, habría que considerar los tópicos referidos para no
afectar la soberanía y generar fricciones en ambos países al momento de investigar,
procesar o sancionar a los involucrados. A mayor corolario, necesitamos leyes
reales para mundos virtuales.
LIDERAZGO INTERNACIONAL
Pocos son los mandatarios de
algunos países o los directivos empresariales que ejercen un liderazgo eficaz
en las distintas organizaciones nacionales o internacionales. Lo anterior
implica muchas cualidades y/o habilidades como: visión; principios y valores;
estrategias de trabajo; capacidad, identidad y empatía; experiencia y
trayectoria con base en logros y resultados; dominio de diversos idiomas;
habilidades de comunicación; manejo financiero; experiencia en alianzas
estratégicas; manejo adecuado de grupos; talento, creatividad e innovación;
adaptabilidad de cambio; manejo asertivo de relaciones públicas y de crisis; sentido
de inclusión social; así como la capacidad de solución de conflictos y habilidades
de negociación.
De manera que el éxito en las
organizaciones se encuentra en los líderes y en su equipo de trabajo, e
invertir en ambos resulta muy redituable a corto, mediano o largo plazo.
REGULACIÓN INTERNACIONAL DE LOS CRIPTOACTIVOS
Aunque todavía existe resistencia
de algunos países para regular tanto los criptoactivos como las criptomonedas,
lo cierto es que la tendencia mundial de naciones poderosas como China, ha
impuesto en los mercados el uso de dichos activos digitales. Desde luego,
existen otros como Estonia, que ha eliminado al 90% su moneda y es considerado
como el país más digital del mundo, el resto del 10% lo representa algún sector
de la población que aún se resiste al cambio y opta por el uso de los billetes
comerciales en plástico, papel u otro material asequible.
TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Hubo países antes de la pandemia
que tenían avances en justicia digital como Alemania, Estados Unidos e
Inglaterra; y también en Latinoamérica México, Perú o Colombia, y, por cierto,
en estos últimos no en todo el país, sólo en algunas regiones. Chile, por
ejemplo, comenzó a implementar la Ley de Transformación Digital en el año 2017.
Otra de estas herramientas es Pretor-IA,
un sistema inteligente de la Corte Suprema de Justicia de Colombia que,
mediante la técnica de machine learning, permite detectar patrones en miles de
sentencias y realizar un informe de cada una de ellas en cuestión de segundos.
Esto prioriza y mejora la toma de decisiones por parte de los funcionarios.
Este sistema también facilita automatizar las respuestas a las demandas presentadas
ante el Poder Judicial, reduciendo horas o incluso días del tiempo necesario
para darles trámite.
El uso de tecnologías en todos
los sectores y especialmente en la justicia, evita el hacinamiento de personal
y de expedientes en el poder judicial. Los países y los tribunales que a pesar
de la pandemia no han comenzado su proceso de modernización, ya están atrasados
en una carrera contra la pérdida de tiempo, papel y dinero.
EL DERECHO ESPACIAL
Hay escasa legislación
internacional en la utilización del espacio ultraterrestre. Desde luego, el
papel de la Organización de las Naciones Unidas es fundamental para la
regulación y principios que deben adoptar los países en las actividades de
exploración o explotación del espacio, ello incluye la Luna y otros cuerpos celestes;
así como temas prioritarios en responsabilidad internacional por daños causados
por objetos espaciales; registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre;
lanzamiento y utilización por los Estados de satélites artificiales; tele observación
de la tierra desde el espacio; fuentes de energía nuclear en espacio
ultraterrestre; entre otros.
En México, Centro y Sudamérica desafortunadamente
hay poco que proponer, ya que los países poderosos como Estados Unidos, China y
Rusia son los principales exponentes de aportaciones al derecho espacial, lo
cual guarda relación por su poder económico, recursos e investigaciones en la
materia.
RESPONSABILIDAD SANITARIA INTERNACIONAL
Por supuesto que la pandemia dejó
un aprendizaje en el mundo jurídico a las Naciones, y como efecto implicó también
adoptar una regulación internacional en materia sanitaria, ejemplo de ello es
el Pasaporte Covid, exigido en algunos países de Europa como Francia, Grecia,
España o Italia.
Por otro lado, ha sido una
prioridad la reglamentación del consumo de animales exóticos, y ello deviene en
gran parte por la hipótesis de que el coronavirus fue producto del consumo de
un quiróptero en la provincia de Wuhan, en China.
Más aún relevante, es el tema de
la aplicación irrestricta internacional de las medidas para evitar el
bioterrorismo, debido a que mientras no se tenga una certeza de cuál fue el
origen de la pandemia, por lo tanto, debe existir un compromiso mundial para no
propagar el extermino de la humanidad.
En resumen, los aspectos
anteriores merecen en el escenario internacional una profunda reflexión y
responsabilidad de los mandatarios, políticos, funcionarios, operadores
jurídicos, investigadores y juristas; por tal razón, debemos aspirar por un
mundo mejor transgeneracional y en donde exista una visión de paz, solidaridad,
ayuda humanitaria, cuidado al medio ambiente, uso responsable de las
tecnologías, pero sobre todo, vivir en un estado de derecho a través de una
concientización y regulación internacional.
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